domingo, 6 de febrero de 2011

Confirman fallo por contaminación con cromo


Es en la causa que investiga la contaminación por parte de la empresa Diacrom de un río subterráneo que provee de agua a la zona norte.
Diacrom, industria dedicada al cromado de metales en el municipio de Vicente López está acusada de contaminar el agua de red con sus efluentes que erosionaron y perforaron el Río subterráneo abastecedor de la red de AySA. en los partidos de la zona norte.
La contaminación de la red de agua corriente por cromo se habría dado en los partidos de Vicente López, San Martín, San Isidro, San Fernando y Tigre (un millón y medio de habitantes), municipios que se abastecen de la misma red de agua y del acueducto de la estación elevadora de Villa Adelina.
A fin de 2010 la Suprema Corte dejó firme fallo de la Cámara Contencioso Administrativa de San Martín en los autos “Fundación Ecosur c/ Municipalidad de Vicente López y otros s/ amparo”(69.906/08), donde la actora es patrocinada por la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas.
En el fallo de fecha 28-12-10, la Corte rechazó los recursos de inaplicabilidad de ley y extraordinarios, interpuestos por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires y por la firma Diacrom S.A., dejando firme el fallo de la Cámara Contencioso Administrativa de San Martín, que condena a ambos como responsables de recomponer la contaminación de cromo que afecta la red de agua de cinco distritos a saber: Vicente López, San Isidro, San Fernando, Tigre y San Martín generada por la empresa Diacrom desde hace mas de 50 años.
Cabe recordar que el fallo que fue confirmado ordena a la provincia de Buenos Aires a “elaborar un programada pautado de recomposición ambiental que cuente con metas definidas, precisión técnica y la fijación de índices objetivos –conforme parámetros internacionales de medición-, que permitan la evaluación en el control periódico de los resultados; comprende el análisis del agua subterránea de la napa freática, de los acuíferos y del suelo”.
También a “establecer que los costos del programa como del proceso de resanación son a cargo de Diacrom” y “recomendar al Estado Provincial que para el caso que Diacrom no cumpla, inicie las acciones administrativas y judiciales que correspondan contra Diacrom S.A y/o contra sus directivos responsables a los efectos del cobro de la indemnización sustitutiva (arts. 27,28 Ley 25.675)”.
El fallo ordena al Estado Provincial implementar “un sistema de información pública en general –vía Internet- en base al principio de publicidad de los actos de gobierno y el derecho fundamental de acceso a la información y participación ciudadana, que deberá contener en forma clara y accesible los datos suficientes sobre el estado actual de la contaminación, lo concerniente al plan de resanación, cumplimiento de metas, conforme el cronograma.- Deberán asimismo en forma conjunta la Provincia y Municipio implementar un sistema de información a la región afectada que posibilite el acceso a quienes no tengan disponible medios digitalizados”.
El mismo fallo intimó a la Municipalidad de Vicente López en concurrencia con la Provincia, a “controlar las condiciones de salubridad de la zona, el cumplimiento de la prohibición del vertido de efluentes y gases contaminantes a la atmósfera, así como coordinar un sistema de información pública sobre el estado actual de contaminación en las etapas de saneamiento ambiental.”
Por otra parte se tramita otra causa en sede penal, mediante la cual se han ordenado estudios a vecinos de la zona afectada y trabajadores de la empresa para determinar una posible contaminación, y entre las diversas medidas periciales, se han realizado tomas de muestras que en el último año han reflejado niveles de cromo en el agua por debajo de los permitidos, pero realizadas en el río subterráneo en movimiento de su caudal.
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